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La Oficina Municipal de Información al Consumidor informa sobre la nueva Ley de Telecomunicaciones

A partir del 29 de junio 2022 se dio un plazo de un año a las compañías para hacer efectivo el derecho de la ciudadanía a no recibir llamadas comerciales si previamente no ha dado su consentimiento, tal y como recoge la nueva Ley de Telecomunicaciones. Un plazo que ha cumplido recientemente y en el que las conocidas como llamadas spam, en las que las compañías tratan de captar por vía telefónica la contratación de servicios, pasan a ser un tipo de marketing que todos los usuarios pueden evitar.

En este sentido, la nueva ley establece en su artículo 66 que los consumidores «tendrán derecho a no recibir llamadas no deseadas con fines de comunicación comercial». No obstante, la ley marca que estas llamadas si podrán realizarse cuando exista «un consentimiento previo de propio usuario para recibir este tipo de comunicaciones comerciales».

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Otra de las excepciones en las que estas llamadas se podrán realizar son las que contempla la ley cuando «la comunicación pueda ampararse en otra base de legitimación de las previstas en el artículo 6.1 del Reglamento (UE) 2016/679 de tratamiento de datos personales». Esta excepción se refiere a circunstancias concretas, como llamadas necesarias para la ejecución de un contrato, para los intereses del consumidor o para el cumplimiento de una misión de interés público.


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