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DÍA DE LA IGUALDAD SALARIAL

Con motivo de la conmemoración del Día de la Igualdad Salarial, desde el Centro de la Mujer se quiere mostrar el compromiso por acabar con la brecha de género y salarial que padecen las mujeres resultado de la suma de discriminaciones que ha sufrido y sigue sufriendo en el mercado de trabajo y en el ámbito privado, que además se ha visto incrementado por las consecuencias sociales y económicas derivadas de la situación de crisis ocasionada por la pandemia de la COVID-19.

Esta brecha de género y salarial, así como la precariedad laboral femenina, son una de los mayores problemas actuales para las mujeres, que no solo afectan en su vida actual, sino que se perpetúa en el tiempo más allá de su vida laboral, repitiéndose en las siguientes generaciones.

  • Las mujeres tienen más dificultades para acceder al mercado laboral y para promocionar una vez conseguido un empleo, y ante situaciones de crisis, esto se agrava más aún. Así, la realidad laboral de las mujeres se caracteriza por:
  • Parcialidad: las mujeres superan el 74,4% de los contratos a tiempo parcial frente al 25,6% de los hombres (INE 4T 2020).
  • Tasa de paro superior: el 18,4% de mujeres frente a un 14,2% de los hombres (UEROSTAT DIC. 2020)
  • Menor tasa de actividad: el 53,4% de las mujeres frente a un 63,6% de los hombres (INE 4T 2020).
  • Menor tasa de empleo: el 43,6% mujeres frente al 54,3% de los hombres.
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La principal causa de que el salario anual de las mujeres sea menor que el de los hombres, es que el peso de los cuidados (a menores, personas mayores, hogar, etc.) recae desproporcionadamente sobre las mujeres. Si nos centramos en el contexto de la pandemia que vivimos durante el 2020 y que todavía perdura, el aumento de la demanda de trabajo de cuidados ha profundizado las desigualdades que ya existían. Antes de la COVID-19, las mujeres dedicaban tres veces más tiempo que los hombres al trabajo doméstico y de cuidados no remunerados (según datos de Naciones Unidas); el cierre de centros educativos durante la primera ola de la pandemia supuso más presión y más exigencia para las mujeres. Si nos centramos en el impacto en el mercado laboral, también ha sido mayor para las mujeres, concentrado el empleo en el sector servicios (comercio, turismo y hostelería).

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Desde el ámbito empresarial, las empresas están obligadas a respetar la igualdad de trato y de oportunidades en el ámbito laboral y con esta finalidad, deben y deberán adoptar medidas dirigidas a evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre las mujeres y los hombres, medidas que deben ser negociadas, acordadas con los representantes legales del personal trabajador en la forma que se determina en la legislación laboral (art. 45 Ley Orgánica de Igualdad entre mujeres y hombres). Así, en el 2019, de acuerdo al Real Decreto-Ley 6/2019, de 1 de marzo, de medidas urgentes para garantía de la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres en el empleo y la ocupación, las empresas están obligadas a tener un Plan de Igualdad. Así, en dicho decreto, se establecía distintos períodos de incorporación, en función del número de personas trabajadoras:

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Para empresas de 151 a 250 trabajadores/as, era obligatorio a partir de 7/03/2020.

  • Para empresas de 101 a 150 trabajadoras/es, a partir de 7/03/2021
  • Para empresas de 50 a 100 trabajadoras/es, será obligatorio a partir del próximo 7/03/2022.Con estas medidas y otras se pretende combatir de manera urgente los elementos discriminatorios en el itinerario laboral de las mujeres, en definitiva, para garantizar el cumplimiento del principal valor de la Constitución, la IGUALDAD.

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